COMPARECECNIA CON RESTRICCIONES A POLICIAS ACUSADOS DE MATAR A JOVEN
En el caso seguido contra efectivos policiales por el presunto delito de
homicidio simple y lesiones, se desprende que:
De la audiencia de prisión preventiva y de la resolución dictada por el
Juez Ever Bello Merlo - Juez del Segundo Jugado de Investigación Preparatoria
de Huancayo, mediante la cual declaro infundada la medida de prisión
preventiva, solicitada por el representante del Ministerio Público, en contra
de los efectivos policiales Ramos Rojas y Rudas Rojas, inmersos en la presunta
comisión del delito de homicidio simple en agravio del ciudadano Pedro
Guillermo Saldaña del Valle, se desprende en principio que los efectivos
policiales habrían actuado en el marco de una intervención policial, toda vez
que el agraviado se encontraba conduciendo un vehículo en excesiva velocidad
dándose a la fuga, iniciándose la persecución desde la altura de la Av. José
Olaya (altura del cementerio Esperanza Eterna), habiendo incluso en la huida
impactada con otro vehículo policial que se encontraba al frontis de la
Sanidad, siendo alcanzados en la primera cuadra de la Av. 13 de Noviembre del
distrito de El Tambo – Huancayo, en la que se procedió a la intervención
policial efectuándose los procedimientos de rigor, empero ante la resistencia
opuesta por el agraviado y al pretender seguir avanzando y atropellar a uno de
los efectivos policiales intervinientes se habría efectuado los mecanismos
disuasivos entre estos el uso de fuerza letal autorizada por el Decreto
Legislativo N° 1186 y Decreto Supremo N° 012-2016-IN que regula el uso de la fuerza por parte del
personal de la Policía Nacional del Perú en determinadas situaciones, además de
ello estos aspectos de acuerdo con la legislación Penal constituirían causas de
justificación previstas en el Artículo 20 del Código Penal referida al actuar
por disposición legal y en cumplimiento de un deber, la cual será materia de
investigación y aclaración, además de ello, estos datos habría sido corroborado
preliminarmente con la declaración prestada por la acompañante del occiso
Gissell Adiana Torres Hilario; empero el Juzgado a fin de garantizar la
presencia de los imputados efectivos policiales en las diversas diligencias que
se realizaran en la fiscalía y juzgado, dicto comparecencia con restricciones
sujetos al cumplimiento de reglas de conducta, precisándose que el Juez aún no
ha resuelto por la inocencia de los efectivos policiales, pues aun nos
encontramos en la primera etapa del proceso penal regulado en el nuevo Código
Procesal Penal, en la que se investigarán rigurosamente estos hechos a cargo de
la fiscalía. Finalmente cabe señalar que el occiso en su actuación ligera
habría puesto en peligro no sólo la integridad física de los efectivos
policiales intervinientes sino también de la ciudadanía.
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